Una herencia trae el piso, los ahorros… y también la hipoteca, las cuotas de comunidad atrasadas, lo pendiente con Hacienda y los avales que el fallecido firmó. Esta guía le ayuda a hacer el balance, saber si ya ha aceptado sin darse cuenta y conocer los plazos que no perdonan.
Cataluña y el resto de España tienen reglas distintas: cómo se obtiene el beneficio de inventario, qué plazos corren y qué pasa si un acreedor le requiere y usted no contesta. Al elegir el régimen, la calculadora, el test y el calendario se ajustan a sus normas.
Cómo se determinaPor la vecindad civil del fallecido en el momento de morir, no por dónde están los bienes ni por dónde vive el heredero. La vecindad civil catalana se adquiere, entre otros casos, por residir en Cataluña diez años seguidos sin declarar lo contrario (art. 14 del Código Civil). Si tiene dudas, suele constar en el testamento; el notario se lo confirmará.
Lo determina la vecindad civil del fallecido, no dónde están los inmuebles. Como regla práctica: quien llevaba más de diez años viviendo en Cataluña suele tener vecindad civil catalana. Seleccione el caso y toda la guía se ajustará.
Compara lo que recibiría (activo) con lo que tendría que pagar (pasivo) para saber en qué escenario está antes de decidir: aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar.
Cómo se calculaPatrimonio neto = total activo − total pasivo. Cobertura = activo ÷ pasivo. Sin deudas conocidas: puede aceptar con precauciones. Neto positivo y pasivo igual o inferior a la mitad del activo: balance positivo. Neto positivo con pasivo superior a la mitad del activo: balance ajustado. Neto negativo: no acepte pura y simplemente. Las cifras se guardan solo en su navegador; no se envían a ningún sitio.
Introduzca cifras aproximadas. El resultado es orientativo, pero suficiente para saber en qué escenario está antes de firmar nada.
Pisos, casas, locales, plazas de parking y terrenos a su valor de mercado actual, por el total de la herencia aunque sean varios herederos.
De dónde sale la cifraNo use el valor catastral (suele ser muy inferior). El valor de referencia de Catastro será la base mínima del impuesto de sucesiones, pero no refleja el precio real. Una valoración orientativa gratuita: nuestro valorador de inmuebles.
Saldos de cuentas, depósitos, fondos de inversión, acciones y otros productos financieros a fecha de fallecimiento. Si la cuenta era compartida con el cónyuge, solo la mitad que correspondía al fallecido.
De dónde sale la cifraDel certificado de posiciones que emite cada banco a los herederos. Los seguros de vida con beneficiario designado no entran aquí: se cobran al margen de la herencia.
Vehículos, participaciones en empresas o negocios, joyas, obras de arte, mobiliario de valor y cualquier otro bien con precio de mercado.
De dónde sale la cifraValor de mercado razonable: para un vehículo, el precio de venta de segunda mano; para participaciones, el valor según el último balance o una valoración.
El capital que queda por devolver de cada hipoteca, sin sumar los intereses futuros. Si hay varias, la suma.
De dónde sale la cifraDel último recibo o del certificado de deuda pendiente del banco. Compruebe si existe un seguro de vida vinculado a la hipoteca: en muchos casos cancela parte o toda la deuda al fallecer el titular.
Préstamos personales, financiación de coche o consumo, saldo pendiente de tarjetas de crédito y deudas con particulares.
De dónde sale la cifraDel certificado de posiciones de cada banco y, para no dejarse ninguna entidad, del informe de la CIRBE del Banco de España, que es gratuito y recoge los préstamos y avales de todas las entidades.
Cuotas de comunidad atrasadas y derramas aprobadas pendientes de pagar, recibos de IBI y tasas municipales impagados, y suministros (agua, luz, gas) pendientes.
De dónde sale la cifraDel certificado de deudas del administrador de la comunidad, de un certificado de deudas tributarias del Ayuntamiento y de las compañías de suministros. El piso responde de las cuotas del año en curso y de los cuatro anteriores en Cataluña (tres en el resto de España), aunque el heredero no fuera el deudor.
Deudas tributarias conocidas y aplazamientos en curso, la declaración de la renta del año del fallecimiento (la presentan los herederos) y, si el fallecido era autónomo o empresario, cuotas y liquidaciones pendientes con la Seguridad Social.
De dónde sale la cifraDe los certificados de deudas de la Agencia Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social, que los herederos pueden solicitar acreditando el fallecimiento y su condición.
Si el fallecido avaló un préstamo de un hijo, un alquiler o la deuda de una empresa, la garantía pasa a los herederos aunque hoy esté al corriente de pago. También pensiones compensatorias, indemnizaciones o sanciones pendientes.
De dónde sale la cifraPonga el importe avalado que queda pendiente: es el riesgo máximo, aunque puede que nunca se reclame. Los avales bancarios aparecen en el informe de la CIRBE; los firmados ante notario o en contratos de alquiler, entre los papeles del fallecido.
La herencia también se acepta de forma tácita, con actos que solo haría quien se considera heredero (art. 461-5 del Código Civil de Cataluña; arts. 999 y 1000 del Código Civil). Si ya ha aceptado sin saberlo, no podrá renunciar; pero todavía puede limitar su responsabilidad si actúa dentro de plazo.
Cómo se evalúaLas cinco primeras preguntas son actos de dueño: vender, alquilar y cobrar, usar el dinero, renunciar a favor de alguien o inscribir a su nombre. Un solo «sí» indica aceptación tácita. Las tres últimas son actos de conservación, administración provisional o simple información, que la ley no considera aceptación.
La herencia se acepta también de forma tácita, con actos que solo un heredero podría hacer. Y una vez aceptada, ya no se puede renunciar. Marque lo que ya ha hecho:
Disponer de un bien de la herencia (venderlo, donarlo, hipotecarlo) es el acto de dueño por excelencia: solo puede hacerlo quien ya es heredero. Es la aceptación tácita más clara.
Firmar un alquiler nuevo y hacer suyas las rentas es actuar como propietario. Distinto es cobrar un alquiler que ya existía y guardar el dinero a nombre de la herencia sin disponer de él.
Pagar gastos propios con dinero del fallecido es disponer de la herencia. En cambio, pagar con ese dinero el funeral o gastos de conservación de los bienes no implica aceptar.
Renunciar a favor de una persona concreta no es renunciar: la ley lo trata como aceptar y después donar (art. 461-5 del Código Civil de Cataluña; art. 1000 del Código Civil). Además tributa dos veces: sucesiones y donaciones. La renuncia pura y simple, ante notario y sin destinatario, sí es una renuncia.
Para inscribir un inmueble a su nombre hay que haber otorgado la escritura de aceptación de herencia: la aceptación ya es expresa, no solo tácita.
Los gastos de entierro y funeral son actos de piedad y de conservación, no de aceptación. Puede pagarlos incluso con dinero de la herencia sin que se entienda aceptada.
Pagar para evitar recargos, cortes o daños es administración provisional y conservación de los bienes, que la ley excluye expresamente de la aceptación tácita.
Informarse no es aceptar. Pedir certificados, notas simples o el certificado de posiciones es precisamente lo que conviene hacer antes de decidir.
Todos los plazos de una herencia cuentan desde el fallecimiento. Al indicar la fecha, el calendario los convierte en días concretos y le avisa de los que están a punto de vencer o ya han vencido.
Cómo se calculaCertificados: a partir de 15 días hábiles (se descuentan sábados y domingos, no los festivos). Requerimiento notarial posible desde el primer mes (Cataluña) o plazo de 30 días para pedir el beneficio de inventario (resto de España). Prórroga del impuesto de sucesiones: hasta el quinto mes. Impuesto de sucesiones y plusvalía municipal: seis meses. Permanencia de la vivienda habitual heredada: cinco años en Cataluña, diez según la norma estatal. Los meses se cuentan de fecha a fecha; si el mes de vencimiento es más corto, se toma su último día.
Todos los plazos cuentan desde el fallecimiento. Indique la fecha y verá qué vence y cuándo.
Con estos documentos se reconstruyen el activo y el pasivo reales, se descubren las deudas que no se ven (avales, préstamos en otros bancos) y se preparan la escritura de herencia y el impuesto de sucesiones.
Cómo funcionaMarque los que ya tiene: el progreso se guarda en este dispositivo y no se envía a ningún sitio. Cada documento lleva su propia (i) con dónde se obtiene.
Con estos papeles se reconstruye el activo y el pasivo reales. Marque los que ya tiene; la lista se guarda en este dispositivo.
Defunción: en el Registro Civil, gratuito, presencial o por la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Últimas voluntades: Ministerio de Justicia, modelo 790 (tasa de unos 4 €), a partir de 15 días hábiles del fallecimiento y con el certificado de defunción. Indica si hay testamento y en qué notaría.
En la notaría donde se otorgó el testamento (consta en el certificado de últimas voluntades); si esa notaría ya no existe, en el Archivo de Protocolos. Sin testamento, la declaración de herederos se tramita ante un notario del último domicilio del fallecido.
Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, del Ministerio de Justicia: mismo trámite y modelo 790 que las últimas voluntades, a partir de 15 días hábiles. Indica las pólizas de vida y de accidentes con cobertura de fallecimiento y la aseguradora.
En el Registro de la Propiedad, en línea en registradores.org (unos 10 € por finca) o presencialmente. Muestra quién es el titular, las hipotecas, los embargos y las afecciones fiscales de cada inmueble.
Lo emite el administrador de fincas o el secretario de la comunidad a petición del propietario o de los herederos. Es el mismo certificado que después será obligatorio para vender.
IBI y tasas: en la oficina tributaria del Ayuntamiento (en Barcelona, el Institut Municipal d’Hisenda), que también emite un certificado de deudas municipales. Suministros: en las compañías de agua, luz y gas, acreditando el fallecimiento.
En cada banco donde el fallecido tuviera cuentas, presentando el certificado de defunción y el título sucesorio (testamento o declaración de herederos). Recoge saldos, depósitos, fondos, préstamos, tarjetas y avales en esa entidad.
Central de Información de Riesgos del Banco de España. Los herederos pueden pedir el informe del fallecido en la sede electrónica del Banco de España (con certificado digital) o presencialmente, aportando el certificado de defunción y el título sucesorio. Es gratuito y recoge préstamos y avales de todas las entidades financieras.
Agencia Tributaria: certificado de deudas, en la sede electrónica o en una oficina, acreditando la condición de heredero. Tesorería de la Seguridad Social: certificado de estar al corriente. Recuerde que la renta del año del fallecimiento la presentan los herederos.
Entre los papeles del fallecido o pidiéndolos al inquilino. La fianza depositada en el organismo autonómico (en Cataluña, el INCASÒL) pasa a los herederos junto con el contrato; el inquilino conserva su contrato en las mismas condiciones.
Resume las tres salidas posibles y el riesgo de cada una, con el detalle del régimen que haya elegido arriba.
Cómo decidirCon el balance y el test. Balance negativo: renunciar, o beneficio de inventario si quiere conservar o negociar algún bien. Balance positivo: aceptar a beneficio de inventario es la protección prudente frente a deudas que aparezcan después. Si el test indica que ya ha aceptado tácitamente, solo queda el beneficio de inventario, y dentro de plazo.
Los patrimonios se confunden. Usted responde de las deudas del fallecido con lo heredado y, si no alcanza, con lo suyo. Es lo que ocurre por defecto si no hace nada más.
Riesgo ilimitadoNo recibe nada y no debe nada. Se hace ante notario, es total —no cabe quedarse con el piso y dejar las deudas— e irrevocable. Renunciar «a favor de» alguien concreto equivale a aceptar y donar, y tributa dos veces.
Riesgo cero · Patrimonio ceroSi ha heredado un inmueble en Barcelona, le decimos cuánto vale, qué cargas tiene y qué opciones existen: conservarlo, alquilarlo o venderlo cancelando la hipoteca en la misma firma.
Con tus números, el calendario y los próximos pasos, para que lo tengas a mano o lo enseñes a quien quieras.