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Guía interactiva · Herencias

Heredar también es heredar deudas

Una herencia trae el piso, los ahorros… y también la hipoteca, las cuotas de comunidad atrasadas, lo pendiente con Hacienda y los avales que el fallecido firmó. Esta guía le ayuda a hacer el balance, saber si ya ha aceptado sin darse cuenta y conocer los plazos que no perdonan.

Lectura6 minutos
Herramientas4 interactivas
NormativaVigente en septiembre 2026

Lo esencial en cuatro ideas

  • El heredero lo recibe todo: bienes, derechos y deudas. Si acepta «pura y simplemente», responde de las deudas del fallecido también con su propio patrimonio.
  • Hay una vía intermedia: el beneficio de inventario. Los acreedores cobran solo con lo heredado; su patrimonio personal queda fuera.
  • Algunas deudas van pegadas al inmueble (hipoteca, IBI, comunidad): quien recibe el piso las asume aunque no fuera el deudor.
  • El silencio también decide. En Cataluña, si un acreedor le requiere y usted no contesta, la herencia se entiende repudiada; en el resto de España, aceptada.
01
Antes de nada

¿Qué ley se aplica a su herencia?

Lo determina la vecindad civil del fallecido, no dónde están los inmuebles. Como regla práctica: quien llevaba más de diez años viviendo en Cataluña suele tener vecindad civil catalana. Seleccione el caso y toda la guía se ajustará.

02
Herramienta

Haga el balance de la herencia

Introduzca cifras aproximadas. El resultado es orientativo, pero suficiente para saber en qué escenario está antes de firmar nada.

Activo

Total activo 0 €

Pasivo

Total pasivo 0 €
Resultado
—
Introduzca al menos una cifra para ver el balance.
03
Herramienta

¿Ha aceptado ya sin darse cuenta?

La herencia se acepta también de forma tácita, con actos que solo un heredero podría hacer. Y una vez aceptada, ya no se puede renunciar. Marque lo que ya ha hecho:

He vendido, donado o hipotecado algún bien de la herencia.
He alquilado el piso heredado y cobro las rentas.
He usado dinero de las cuentas del fallecido para gastos propios.
He renunciado «a favor de» un hermano u otra persona concreta.
He inscrito bienes a mi nombre en el Registro de la Propiedad.
He pagado el funeral o los gastos del entierro.
He pagado la comunidad o el seguro del piso para evitar recargos.
He pedido certificados, notas simples o información al banco.
Sin marcar nada todavíaMarque las casillas y le diremos si conserva todas las opciones.
04
Herramienta

Su calendario

Todos los plazos cuentan desde el fallecimiento. Indique la fecha y verá qué vence y cuándo.

    05
    Checklist

    Los documentos que necesita reunir

    Con estos papeles se reconstruye el activo y el pasivo reales. Marque los que ya tiene; la lista se guarda en este dispositivo.

    0 de 10

    Las tres opciones, en corto

    Aceptar pura y simplemente

    Los patrimonios se confunden. Usted responde de las deudas del fallecido con lo heredado y, si no alcanza, con lo suyo. Es lo que ocurre por defecto si no hace nada más.

    Riesgo ilimitado
    Aceptar a beneficio de inventario

    Riesgo limitado a lo heredado
    Renunciar

    No recibe nada y no debe nada. Se hace ante notario, es total —no cabe quedarse con el piso y dejar las deudas— e irrevocable. Renunciar «a favor de» alguien concreto equivale a aceptar y donar, y tributa dos veces.

    Riesgo cero · Patrimonio cero
    Profinca · Desde 1982

    Una herencia se analiza.
    No se asume a ciegas.

    Si ha heredado un inmueble en Barcelona, le decimos cuánto vale, qué cargas tiene y qué opciones existen: conservarlo, alquilarlo o venderlo cancelando la hipoteca en la misma firma.

    Aviso Esta guía recoge la normativa vigente en septiembre de 2026 (Código Civil de Cataluña, arts. 461-1 a 461-24 y 553-5; Código Civil, arts. 988 a 1034; normativa del Impuesto sobre Sucesiones) y tiene carácter informativo. Las herramientas ofrecen resultados orientativos y no sustituyen el asesoramiento de un abogado o fiscalista. Profinca le acompaña en la parte inmobiliaria y, cuando hace falta, le pone en contacto con un profesional especializado.